miércoles, 27 de junio de 2012

GUÍA PARA MUJERES MALTRATADAS



  • Mujeres maltratadas

  • Teléfono para mujeres maltratadas +34 900 222 100 Comunidad de Madrid o +34 016
  • SERVICIO DE ATENCIÓN A LA MUJER (SAM) DE LA POLICÍA EN TODAS LAS JEFATURAS DE POLICÍA.

CONSEJO PARA UNA MUJER MALTRATADA
En el caso de haber sufrido una agresión o amenaza, debes personarte ante cualquier Comisaría de Policía o Cuartel de la Guardia Civil para proceder a efectuar la denuncia del agresor y solicitar una orden de protección urgente.
También tienes que conocer que cuando estés en peligro o conjuntamente con tus hijos puedes abandonar el domicilio sin incumplir el deber de convivencia, siempre que en el plazo de 30 días solicites unas medidas provisionalísimas o presentes demanda de separación.
LAS MEDIDAS PROVISIONALES
Previstas para los casos de urgencia y necesidad, la Ley te faculta para solicitarlas personalmente del juez de Familia sin necesidad de Abogado ni de Procurador.

Contienen la autorización para vivir separados, medidas sobre la custodia de los hijos, disposición de la vivienda y auxilios económicos.
LA DEMANDA POR MALTRATO
Se interpone en el juzgado de Familia por medio de Abogado y Procurador. Si careces de recursos económicos y has solicitado asistencia jurídica gratuita encontrarás asesoramiento en el Colegio de Abogados, con la finalidad de orientar y encauzar tus pretensiones.

Al abandonar el domicilio procura llevar contigo, además de tus enseres particulares:
• El libro de familia
• DNI/NIE propio y el de tus hijos
• Cartilla de la seguridad social
• Nómina de la persona con la que convives o copia de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Fisicas (IRPF)
• Facturas y documentos que acrediten los gastos del sostenimiento familiar.

2 comentarios:

  1. Respuestas
    1. Que buena investigacion... la verdad... esta bastante completo aunque no deberia pasar... pero es la realidad existe.

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